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Martes, 14 de febrero de 2012. Actualizado a las 08:13h | : el tiempo en

El Supremo anula varios apartados del Plan Nacional de Derechos de Emisión

El Tribunal Supremo ha anulado varios apartados del Plan Nacional de Asignación de derechos de emisión de gases de efecto invernadero para el periodo 2008-2012, aprobado por el Consejo de Ministros en noviembre del año 2006.

Un fallo de la sección quinta de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha estimado en parte el recurso presentado por la empresa E.ON Generación S.L. contra el Real Decreto por el que se aprueba dicho plan.

Este plan reduce la asignación a las empresas de derechos de emisión hasta 152,659 millones de toneladas/año frente a los 182,175 millones del periodo 2005-2007 y establece la asignación a los distintos sectores distinguiendo dos grupos básicos -sector de generación eléctrica y sector industrial-.

La sentencia declara nulo la determinación del citado plan correspondiente a las centrales térmicas de generación de carbón que han realizado inversiones medioambientales para reducir las emisiones de SO2 (dióxido de azufre) y de NOX (óxidos de nitrógeno).

El alto tribunal declara también nulo un aspecto correspondiente a los "nuevos entrantes", que se refiere a toda instalación a la que se conceda una autorización de emisión de gases de efecto invernadero por tratarse de una nueva instalación o una renovación de la autorización o una ampliación de ésta.

El fallo considera que el Plan "debe ser declarado nulo en ese punto, pues la equiparación que realiza entre las instalaciones que tengan prevista su entrada en funcionamiento después del 30 de junio de 2007 y los nuevos entrantes se aparta de lo previsto en la ley.

Además, "supone la aplicación a aquellas instalaciones de una metodología y unos criterios de asignación que no son los que corresponden a las instalaciones existentes sino los previstos para los nuevos entrantes".

Por el contrario, el Supremo no ha estimado la pretensión de la demandante de que se declare nulo la determinación en la que, para el cálculo de asignación de derechos de emisión correspondientes a las centrales de carbón, se contempla la aplicación de un factor de emisión fijo (0,92 toneladas de CO2 por megavatio/hora), sin atender a la procedencia del carbón utilizado (nacional o importado).

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