La Sindicatura de Greuges ha instado a la Conselleria de Gobernación a tomar declaración a dos adultos que compartieron sus copas con dos menores en un bar, tras haber sancionado únicamente al dueño del establecimiento acusado de permitir que las jóvenes consumieran alcohol pese a que asegura que ignoraba su edad.
La institución cree que esta medida es necesaria para garantizar el derecho a la "presunción de inocencia" y una buena defensa al propietario del bar, que ha remitido una queja al Síndic donde se muestra disconforme con la sanción de 6.000 euros que se le ha impuesto.
El propietario del establecimiento considera "injustificado" que se haya rechazado su propuesta de tomar declaración a los dos adultos que acompañaban a las menores, ya que, puntualiza, él no permitió que éstas bebieran a solas en su local, sino que "fueron las personas mayores de edad quienes compartieron su bebida con las menores".
Cuando sirvió las copas, creyó que las menores no iban a tomar alcohol, ya que fueron las personas mayores quienes las pidieron, e insiste en que "si las menores hubieran ido sin compañía de un adulto, el compareciente les hubiera requerido la exhibición del DNI".
Sin embargo, la Conselleria de Gobernación mantiene, en un informe enviado a la Sindicatura, que "en la propuesta de resolución se rechazó motivadamente la prueba -testifical- al no existir margen de duda razonable" respecto a la infracción, ya que la denuncia incorporaba informes de la Policía que ratificaban los hechos.
En cuanto al rechazo de la prueba testifical, la Conselleria recuerda que la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas afirma que el instructor del procedimiento sancionador puede rechazar las pruebas "cuando sean manifiestamente improcedentes o innecesarias".
El Síndic de Greuges, por contra, no cree que la testifical sea "manifiestamente improcedente" y subraya que "la presunción de veracidad de los hechos" constatados por los agentes "admite prueba en contrario", según recoge en una sugerencia.
"No alcanzamos a entender qué obstáculo existe para no escuchar a otras personas que presenciaron directamente los hechos, ya que ello arrojaría más luz para apreciar el grado de culpabilidad del autor de la queja, así como su responsabilidad en los hechos que se le imputan", lamenta el Síndic, José Cholbi.
Asimismo, hace hincapié en que la Ley de Establecimientos Públicos contempla una horquilla entre 600 y 30.000 euros para sancionar una infracción grave como la de tolerar el consumo de alcohol de menores en un bar, pero también advierte de que "las sanciones deben guardar la necesaria proporcionalidad con la gravedad de los hechos".
Opina que mientras tomar declaración a los testigos llevará "escaso tiempo" a la Conselleria, se podrá cumplir así con "el respeto y protección del derecho fundamental a la presunción de inocencia y a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa".
Por ello, el Síndic pide a Gobernación que se acuerde la práctica de la prueba testifical propuesta por el autor de la queja y, en función de su resultado, se imponga, "si procede", una sanción proporcionada a su grado de culpabilidad y responsabilidad en los hechos.

