La huelga de los funcionarios de la administración de Justicia aún colea. El Registro Civil Único de Madrid vulneró, durante los paros la Ley de Protección de Datos al revelar los correos electrónicos de cerca de 200 personas que solicitaron las partidas de nacimiento a través de la página web del Ministerio de Justicia.
En los e-mails, el Registro se dirige a los afectados, informándoles que a partir del día 26 de febrero "se dará trámite a las partidas solicitadas" mientras duró la huelga y ruega a los solicitantes que "no reiteren su petición".
Sin copia oculta
Sin embargo, en el remitente aparecen las direcciones de correo de los dos centenares de personas que no pudieron gestionar la partida de nacimiento. Es decir, se les respondió a todos sin utilizar la copia oculta. El director de la Agencia Española de Protección de Datos, Artemi Rayo, explicó ayer que se vulnera la Ley de Protección de Datos "porque se está ofreciendo a terceras personas la información personal de otras sin su consentimiento y de forma indebida", informa Europa Press.
"Son datos personales, y las administraciones públicas tienen la obligación de preservarlos", explicó Rayo. Si los afectados por la revelación de las cuentas de correo cursan la reclamación, una vez se contraste la información, la institución, de carácter público, tendría que declarar la infracción cometida. "Habría que ver cuál es exactamente, ordenar los medios para evitar futuras infracciones, o reparar el error", subrayó el director de la Agencia de Protección de Datos.
De constatarse, la Agencia remitirá la información al Defensor del Pueblo. La institución sería la encargada de comprobar que se toman las medidas para que la situación no pueda repetirse.
EL APUNTE
Los afectados deberán reclamar
En los casos en los que la administración hace un mala práctica, como este, se abre un proceso de responsabilidad patrimonial contra ella, según informaron ayer fuentes jurídicas. Para abrirlo, los afectados deben reclamar por escrito al Registro Civil, exponiendo los motivos de la queja y la indemnización que se reclama a la administración "por el daño emergente", el precio de la intimidad. Ésta la marcan sentencias previas.




