Darling Vélez Salazar, una mujer de 33 años y de nacionalidad colombiana y española, ha ganado el pulso a la Administración, que tiene que inscribir su nacimiento con su nombre y no cambiarlo por uno "del santoral", lo que le permitirá mantener su "identidad real" y su "dignidad".
A esta mujer, a la que se le había concedido la nacionalidad española, el juez encargado del Registro Civil Único de Madrid no le permitió registrarse con su nombre "al no ser admisible en la legislación española", por lo que le aconsejó que se lo cambiara por otro "de un listado que le mostró o por los del santoral", explica su abogado, Gustavo Fajardo.
"Otra mujer que estaba conmigo haciendo el mismo trámite se lo cambió, pero yo no quise, porque era como renunciar a mi identidad y a mi dignidad y atentaba contra mi integridad como persona", explica Darling, que hoy ha comparecido para mostrar su satisfacción ante los medios, junto a miembros de la organización AESCO (América, España, Solidaridad y Cooperación) que le han acompañado en este proceso.
Reconoce que alguna vez le cundió el desánimo, ya que quedó suspendida su inscripción, y pensó en que debería ceder a las normas impuestas en el registro, "pero al final seguí, porque quería que en mi documentación apareciera mi nombre", asegura Darling, quien explica que en Colombia son normales los anglicismos.
El abogado de esta asociación, que defiende los derechos de los inmigrantes, ha elogiado su arrojo porque "ha arriesgado la posibilidad de perder su nacionalidad para intentar que primaran sus derechos como mujer y persona".
Ante estas situaciones, "centenares de inmigrantes que tienen urgencia de coger su DNI, de traerse a su familia o de concluir con el viacrucis del papeleo aceptan cambiar su identidad", explica el letrado, quien ha señalado que conoce 24 casos similares y que de ellos doce han elegido cambiarlo, muchos por uno vasco, "porque no ponen problemas para registrar un nombre vasco, pero sí uno que es legal en Colombia".
"El caso de Darling es como una bandera de confrontación contra una política de marginación y de exclusión contra la inmigración porque se negaba un elemento esencial: el ser humano sin el nombre no es ser humano, el nombre es el alma del ser humano", ha añadido Fajardo.
Según el abogado, el Estado debería favorecer la formación de nuevos jueces "con los manuales de la democracia y no con los del franquismo" para evitar que se adoptaran decisiones "arbitrarias", como la de su cliente.
Un antropónimo de fantasía
En el recurso presentado ante el registro, la defensa de la mujer alegó que el nombre no era indecoroso ni atentaba contra el orden público, que no puede ser cambiado contra su voluntad y que la exigencia de hacerlo atenta contra un principio internacional de reciprocidad, ya que en Colombia al inscribir a los nacionalizados no les impone esta obligación.
Además, que este cambio obligaría a la mujer a revisar, desde su nacimiento, todos los actos jurídicos en los que ha intervenido a lo largo de su vida y a modificar toda su documentación oficial.
El caso ha sido resuelto por la Dirección General de los Registros y del Notariado que establece que "la contestación ha de ser forzosamente afirmativa, porque Darling ha de ser considerado como un antropónimo de fantasía apto para designar a hombre o mujer y no incurre en ninguna de las prohibiciones" que fija la ley.




