El Gobierno Vasco ha aprobado hoy el proyecto de ley de Caza que, una vez que pase por el Parlamento de Vitoria para convertirse en ley, deberá ser desarrollado y ejecutado por las diputaciones forales.
La consejera vasca de Medio Ambiente, Pilar Unzalu, ha explicado los pormenores de este proyecto, tras la reunión del Consejo de Gobierno.
Con esta aprobación, el Ejecutivo autonómico inicia los trámites para que el País Vasco cuente con una ley de Caza, ya que ahora se rige por la normativa estatal de 1970, a pesar de contar con la competencia exclusiva de esta materia recogida en el Estatuto de Gernika.
Unzalu ha señalado que para la elaboración de este documento el Gobierno Vasco ha hablado con las diputaciones, los sindicatos, las federaciones de caza, los grupos ecologistas, y con las organizaciones forestalistas, entre otros.
El objetivo es establecer un marco normativo propio, adecuado a las necesidades vascas, con vocación de que las instituciones forales puedan desarrollar políticas propias que se adapten a las necesidades de cada territorio.
De hecho, la ley será desarrollada y ejecutada por las diputaciones, de acuerdo a la Ley de Territorios Históricos.
El proyecto introduce la prohibición de cazar en los denominados "días de fortuna", es decir, cuando hay temporales, incendios, heladas y sequías, de forma que no será necesaria una declaración expresa de prohibición por parte de las diputaciones.
Además, confiere la consideración de agentes de la autoridad a los guardas y agentes forestales de las diputaciones y de los ayuntamientos que tengan atribuidas las funciones de vigilancia y control de esta actividad.
Asimismo, incluye una clasificación de los terrenos: terrenos cinegéticos, no cinegéticos, y de régimen cinegético especial. También se contempla la existencia de zonas de seguridad, en las que queda prohibida la práctica de la caza, como las que cuentan con "bidegorris" o vías verdes.
Según el proyecto, serán las diputaciones las que determinen anualmente las especies cinegéticas en cada territorio, siempre bajo las limitaciones del listado autonómico.




