Publicidad

ADN.es / Sociedad

Martes, 14 de febrero de 2012. Actualizado a las 03:54h | : el tiempo en

Audiencia absuelve a la dueña de ludoteca condenada por maltratar a los niños

La Audiencia de Barcelona ha absuelto a la dueña de una ludoteca de Vilanova i la Geltrú (Barcelona) que había sido condenada a dos años de prisión por maltratar a seis niños, al considerar que no es fiable la declaración de la principal testigo, una empleada del centro que grabó las supuestas vejaciones.

En su sentencia, el tribunal estima el recurso presentado por la dueña de la ludoteca "El món dels barrufets", Saray Orihuela, y la absuelve por falta de pruebas, pese a reconocer que su trato hacia los menores era "desagradable, grosero y apartado de las más elementales reglas de pedagogía".

La dueña de la ludoteca fue condenada en enero del año pasado por el juzgado de lo penal número 2 de Vilanova i la Geltrú, por cuatro delitos contra la integridad moral de los menores y dos faltas de vejaciones, a raíz de unos hechos sucedidos en marzo del año 2006.

No obstante, la sección novena de la Audiencia de Barcelona ha considerado ahora que la mujer debe ser absuelta al dudar de la fiabilidad de la principal testigo de cargo, una trabajadora de la ludoteca que durante un mes grabó con una cámara oculta los supuestos maltratos infligidos a los menores.

En opinión del tribunal, la declaración de la principal testigo podría ser interesada, dado que la acusada había reducido su número de horas de trabajo en la ludoteca e iba a acabarse su relación laboral, sin perspectivas de renovación.

La sentencia resalta además la "incoherencia" de la actitud de la denunciante, que no supo explicar en el juicio cómo durante un mes permitió "una situación de maltrato a niños tan pequeños" y priorizó la obtención de pruebas de esas supuestas vejaciones.

"(...) o bien tiene motivos diferentes a los expuestos en el acto del juicio oral, o en su defecto tuvo la frialdad de ver cómo los menores eran maltratados durante un mes, sin tan siquiera ponerlo en conocimiento de los padres de los niños (...)", razona el fallo.

Además, la Audiencia de Barcelona advierte de que la monitora "en todo momento tuvo el dominio de la grabación, y por tanto estaba en disposición de seleccionar aquello que le interesaba o dejar de grabar lo que no le interesara".

En ese razonamiento se basa el tribunal para poner en duda que los encierros de niños recogidos en la grabación efectuada por la monitora fueran tales, o simplemente escenas sacadas de contexto.

La sentencia apunta como ejemplo una imagen de un supuesto encierro que, en su opinión, es "equívoco", porque muestra a unos menores dentro del baño, con las manos en alto en una escena que, para el tribunal, "tanto puede corresponder a un castigo como a que están lavándose las manos".

Para la Audiencia de Barcelona, resulta "sorprendente" la versión de la denunciante de que inició las grabaciones porque así se lo sugirió el Servicio de Atención a la Infancia y la Adolescencia, "sin participarlo de forma inmediata ni a la Fiscalía ni a los Mossos d'Esquadra para proceder a una investigación sobre lo que ocurría".

En ese caso, la administración hubiera incurrido en una irresponsabilidad "al consentir dicha situación y no hacer nada para impedir el maltrato", argumenta el tribunal.

+ 0 - 0

positive negative

0 votos

Promociones

  • /clipping/ADNIMA20111207_0719/1.jpg
  • Descarga tu cupón aquí
  • Horoscopo
  • /clipping/ADNIMA20090109_2326/1.gif
  • Consulta también tu horóscopo diario y el horóscopo de los famosos.
  • Horoscopo
Confianza online

Noticias:
Servicios: