El Ministerio Fiscal como los Servicios Jurídicos del Gobierno de Cantabria en el ejercicio de la acusación particular, acusaron al padre de la alumna de atentando contra funcionario público, por el que habían pedido un año de prisión.
La sentencia considera que ambos imputadaos mantuvieron una discusión "que incluso provocó una cierta reacción física", y sostiene que ambos tuvieron una intervención "en igualdad de condiciones y el acaloramiento de la discusión la sufrieron los dos".
Por ello, absuelve al padre de la alumna del delito de atentado contra funcionario público del que era acusado por el Ministerio Fiscal, aunque le condena como autor de una falta de lesiones por la que le impone un mes de multa a razón de una cuota diaria de 10 euros.
Además condena al director del centro escolar, como autor de una falta de maltrato de obra, por la que le impone la pena de seis días de localización permanente.

