Los desempleados que cumplan los requisitos y hayan agotado su prestación podrán cobrar 420 euros a partir del 10 de septiembre, según el director general del INEM, Javier Orduña, quien ha subrayado que este lunes solo hubo incidencias "en seis o siete" de las 711 oficinas de empleo que hay en España.
Orduña ha dicho que el "enfado" del público que acudió a las oficinas de empleo se debió a "la afluencia masiva de demandantes" para solicitar esta ayuda, "que desbordó las previsiones" y también porque muchos desconocían los requisitos para acogerse a esta medida, como que la ayuda es para quienes hayan agotado su prestación desde el 1 de agosto.
"Todo el dispositivo estaba preparado", ha señalado Orduña, y solo faltaba la fecha de la publicación del real decreto en el Boletín Oficial del Estado (que fue el sábado, día 15).
No obstante, los impresos estuvieron listos en todas las oficinas a las 09.45 horas, ha afirmado Orduña, que ha añadido que los impresos se pueden obtener en la página web del INEM.
Orduña ha dicho que el lunes se montó el dispositivo y hoy se han enviado cartas y 35.000 sms a móviles de aquellas personas cuyas prestaciones terminen en agosto, operación que se irá repitiendo conforme los demandantes vayan agotando este derecho.
Itinerario de búsqueda de empleo
El director general del INEM considera que "lo más importante" es que todos los que se acojan a la medida deben cumplir un itinerario de búsqueda de empleo, "lo que implica que el desempleado debe participar en acciones que le proponga su comunidad autónoma".
También explicó que los que reciban los 420 euros "seguirán siendo considerados como desempleados".
Ante las críticas que ha suscitado el hecho de que solo se puedan acoger a esta iniciativa quienes hayan agotado su prestación desde el 1 de agosto, Orduña ha afirmado que "lo normal" es que la ley entre en vigor tras su publicación en el BOE (en este caso sería el día 16), en tanto que el Gobierno ha hecho "un esfuerzo" para que sea efectivo desde primeros de mes.
Asimismo, dijo que el demandante tiene derecho a seis meses "independientemente de cuando se produce el hecho causante".
Es decir, un demandante que agota su prestación el 30 de enero, tiene derecho a seis meses a partir de entonces pero si en esos seis meses encuentra trabajo y vuelve a quedar en paro se le volvería a pagar lo que no hubiese consumido de esa prestación.

