La Comunidad de Madrid comenzó a remitir el pasado miércoles una carta informativa a los jóvenes que han solicitado la ayuda de 210 euros para el alquiler para pedirles que presenten ante las ventanillas regionales un certificado de haberes, un documento que contiene datos sobre el nivel de ingresos de los solicitantes y que, según el Ejecutivo regional, el Ministerio de Vivienda es "incapaz" de ofrecer.
La Comunidad de Madrid ha explicado en un comunicado que ha adoptado esta decisión tras comprobar que el Ministerio de Vivienda "no ha sido capaz" de facilitar a la Consejería de Vivienda unos datos que son "imprescindibles" para comprobar que los solicitantes cumplen con todos los requisitos.
De este modo, desde el miércoles, la Consejería de Vivienda enviará un requerimiento a los jóvenes solicitándoles un certificado de haberes, con el que se comprueba que el solicitante dispone de una fuente regular de ingresos, tal y como exige el artículo 2 del Real Decreto 1472/2007 que regula la Renta Básica de Emancipación.
El ministerio "ha incumplido" el convenio
"Nos hemos visto obligados a pedir directamente a los jóvenes que trabajan por cuenta ajena la documentación que el Ministerio no nos facilita para que, de este modo, puedan cobrar esta ayuda en tiempo y forma", ha explicado Juan Van-Halen, director general de Vivienda de la Comunidad de Madrid.
Van-Halen ha asegurado que el Ministerio de Vivienda "ha incumplido" el convenio que firmó con la consejería, por el que se había comprometido a facilitar todos los datos necesarios para que la Comunidad de Madrid tramitara las solicitudes y comprobara que los solicitantes cumplían con todos los requisitos.
Según la Comunidad, el Ministerio eligió un sistema informático que desde la entrada en vigor de la RBE, el pasado 2 de enero, no ha permitido tener acceso a los datos de la Tesorería de la Seguridad Social ni de la Agencia Tributaria. La Consejería ha asegurado que ha notificado estos problemas al ministerio sin que hasta la fecha "éste haya resuelto ninguno de ellos", por lo que "se vio forzada" a iniciar contactos directos con la Seguridad Social y la Agencia Tributaria para que estos organismos facilitaran la información con la que se comprueba que todos los solicitantes cumplen los requisitos.
Estas gestiones permitieron que el pasado día 22 de febrero la Agencia Tributaria y la Seguridad Social intercambiaran ficheros con la Consejería de Vivienda con información de los primeros 4.788 solicitantes. Sin embargo, la Agencia Tributaria ha confirmado a la Consejería que no dispone de información para acreditar que los jóvenes solicitantes de la ayuda que trabajan por cuenta ajena disponen de una fuente regular de ingresos.
La Seguridad Social lo niega
La Tesorería General de la Seguridad Social, por su parte, ha rechazado la denuncia de la Comunidad de Madrid alegando en una nota que desde el pasado 1 de enero, tiene en marcha un procedimiento para que las comunidades autónomas que lo soliciten puedan acceder a la vida laboral de los solicitantes en el plazo de 24 horas.
Según la Tesorería, la Consejería de Vivienda de la Comunidad de Madrid no hizo la solicitud del servicio hasta el pasado 14 de febrero y sólo para un funcionario. Debido a que se plantearon problemas con el acceso de ese funcionario a la base de datos de la Seguridad Social, la Tesorería sugirió a la Consejería que autorizase a más funcionarios, mientras se solucionaba el problema del primero.
Desde el 19 de febrero, dos funcionarias más están autorizadas, se precisa en el comunicado, en el que se afirma que la Seguridad Social no pone "ningún obstáculo" para que haya más. De acuerdo con los datos de la Tesorería, Baleares, Murcia y Navarra son las otras comunidades que están utilizando "sin problemas" estas autorizaciones desde primeros de febrero; mientras que Castilla-La Mancha lo hace desde finales de enero.
Las restantes comunidades no lo han necesitado debido a que, por convenios previos firmados, ya tienen facultados a funcionarios para acceder a su base de datos.
Certificado de haberes
Esta es la razón, según la Comunidad, por la que se ven obligados a requerir a los trabajadores por cuenta ajena la presentación de un certificado de haberes que demuestre que tienen una fuente regular de ingresos, requisito obligatorio para percibir la ayuda.
El documento que la Comunidad está comenzando a solicitar a los demandantes de la ayuda ha de ser solicitado en la propia empresa donde el trabajador ejerza su actividad laboral. En el mismo, debe constar la profesión y la categoría profesional de la misma, el cargo, la antigüedad en la empresa, el tipo de contrato -indefinido, temporal, etc...- y los ingresos brutos anuales.


